El Ministerio Público se resiste rotundamente a pagar un astreinte superior a los RD$7.5 millones impuesto a favor de un imputado que reclama un celular marca Samsung valorado en apenas RD$3,200, que resultó extraviado durante la mudanza del antiguo edificio donde operaba la Unidad de Bienes Incautados de la Procuraduría General.
Ayer en la Corte de Apelación, donde recurrió la multa millonaria, el MP calificó la decisión de la jueza Patricia Padilla como una desproporción jurídica y solicitó al tribunal la revocación íntegra de la misma, argumentando que la penalidad desnaturaliza el espíritu de la ley y que la solución al impasse debe regirse por la cordura y la responsabilidad patrimonial.
Este planteamiento fue rechazado de plano por la defensa que exige que se mantenga en toda su dimensión la liquidación del astreinte, al sostener que la decisión de la jueza Padilla adquirió carácter firme de la cosa irrevocablemente juzgada tras años de incumplimiento y vulneración al derecho de propiedad.
MP dice no es desacato
Los representantes del MP afirmaron que su negativa a pagar una suma ascendente a RD$7,560,000 “no responde a un desacato ni a una rebeldía institucional”, sino a un hecho de fuerza mayor: el extravío del dispositivo móvil a raíz del traslado masivo de las oficinas y departamentos desde el viejo edificio hacia la nueva sede.
Los fiscales Jonathan Pérez, Miguel Collado y Arolin Lemos, sostienen que la jueza Padilla incurrió en un grave error de ponderación jurídica. A su juicio, el tribunal “desnaturalizó” por completo el carácter conminatorio del astreinte (el cual busca romper la inercia de una autoridad), convirtiéndolo en una condena.
Afirmaron que ante la pérdida material de un bien bajo custodia estatal que no pudo ser entregado junto a los demás 15 objetos ya devueltos al imputado Francisco Álvarez Carbuccia, lo que legalmente procedía era ordenar el pago exclusivo del valor comercial del equipo (RD$3,200) bajo las reglas de la responsabilidad patrimonial, “y no castigar al Estado con una suma exorbitante”.
Que asuma consecuencias
Por su lado, Jhon Manuel Frías, abogado del imputado, pidió a la Corte la confirmación íntegra de la liquidación del astreinte, sosteniendo que la resolución que fijó la penalidad de RD$20,000 diarios adquirió carácter de la cosa irrevocablemente juzgada “porque el Ministerio Público nunca la recurrió oportunamente”.
Asimismo, observó que tras casi dos años de mora y requerimientos infructuosos, las entregas tardías y parciales realizadas por la fiscalía no eximen al Estado de asumir las consecuencias de la inercia procesal y la violación al derecho de propiedad.
“Aceptar la tesis de los fiscales equivaldría a premiar el retraso administrativo y desconocer la tutela de derecho fundamental de propiedad consagrado constitucionalmente”, dijo.
Se retiran a deliberar
Tras escuchar los debates entre ambas partes, los jueces de la primera sala penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, magistrados Doris Josefina Pujols Ortíz, quien preside, Daisy Indhira Montás Pimentel y Rafael Báez García, se reservaron el fallo del complejo para el próximo 18 de noviembre.
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