La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó un recurso del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) que buscaba invalidar una declaración del Instituto de Aviación Civil (IDAC) que lo calificaba de lesivo al interés nacional emitida.
El más alto tribunal, asimismo, desestimó el proyecto tal como fue concebido y aprobado originalmente, informó Miguel Valerio, abogado de la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto Internacional de Punta Cana y del Grupo Punta Cana.
Declaró que la sentencia evacuada por la SCJ, da la razón a quienes criticaron el procedimiento por corrupción e incluso desautoriza el decreto del Poder Ejecutivo, emitido en el período de transición, que aprobó el proyecto AIB, impulsado por Abraham Hazoury junto a otros socios por medio del Grupo Abrisa.
SENTENCIA INAPELABLE
Valerio recordó que las decisiones de la SCJ son inapelables, por lo que la prohibición de construir el aeropuerto de Bávaro, adquirió categoría «de cosa irrevocablemente juzgada», que “según nuestro ordenamiento legal es el carácter de impugnabilidad que en determinado momento adquiere la resolución judicial y pone fin al mismo”.
Indicó que “conforme con el artículo 26 literal r) de la Ley núm. 491-06 de Aviación Civil, la facultad legal en la materia que tiene el Poder Ejecutivo es la de impartir su aprobación o no a la decisión del IDAC de establecer un aeropuerto en un lugar determinado», por lo que excedió su competencia al determinar, en el decreto 270-20, de fecha 21 de julio de 2020, de manera directa, quién era la empresa beneficiaria de su construcción y operación”,
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